Haz un acuerdo de pago y ponte al día con tus multas de tránsito en Montería

Publicado el 6/10/2025

 

¿Tienes multas de tránsito pendientes? En la Secretaría de Tránsito de Montería puedes realizar un acuerdo de pago para ponerte al día y seguir realizando tus trámites sin inconvenientes.

 

¿Qué es un acuerdo de pago de multas de tránsito?

Es una facilidad que permite a los ciudadanos pagar sus comparendos o infracciones de manera gradual, mediante cuotas mensuales, evitando intereses y sanciones adicionales.

 

Normativa que regula los acuerdos de pago en Montería

Las Resoluciones 0732 de 2013, 0302 de 2016 y 0263 de 2021 expedidas por la Secretaría de Tránsito de Montería, permiten:

  • La suscripción de un acuerdo de pago.
  • Hasta dos refinanciaciones del mismo, en caso de incumplimiento.

Estas medidas buscan ofrecer opciones asequibles y flexibles para los ciudadanos que tengan infracciones en la ciudad.

 

Ten en cuenta

El incumplimiento del pago de las cuotas ocasiona la terminación del acuerdo, y una vez se agoten las refinanciaciones, el ciudadano deberá pagar la totalidad del valor adeudado.

 

Requisitos para realizar un acuerdo de pago en Montería

Para registrar un acuerdo de pago por primera vez, acércate a las sedes de MOVAi con:

  • Original y copia del documento de identidad.
  • El valor de la cuota inicial, equivalente al 15% del total adeudado.

Si deseas conocer la proyección de tu acuerdo de pago, comunícate por los canales oficiales:

📞 (604) 797 6520
📧 contacto@movai.co
💬 Chat en redes sociales @movaimonteria en Facebook, Instagram y TikTok.

 

¿Puedo realizar un acuerdo de pago de multas si no estoy en Montería?

Sí. Aunque este es un trámite personal, puedes hacerlo mediante un tercero autorizado con poder autenticado si no resides en Montería.
El poder debe especificar claramente los comparendos a los que aplica el acuerdo y debe otorgarse a una persona de plena confianza.

El tercero debe presentarse en las sedes de MOVAi con:

  • El poder autenticado.
  • Copia de la cédula del titular de la deuda.
  • Original y copia de su documento de identidad.
  • El valor de la cuota inicial correspondiente.
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