¿Cada cuánto debo renovar mi licencia de conducción?

Publicado el 1/07/2022

El decreto 019 de enero 10 de 2012 estableció nuevos períodos de vigencia para las Licencias de Conducción en Colombia.

En el caso de los vehículos particulares, las licencias de conducción tendrán una vigencia de 10 años para conductores menores de 60 años de edad. De cinco 5 años para conductores con edades entre 60 años y 80 años, y de un 1 año de vigencia para conductores mayores de 80 años de edad.

Las licencias de conducción para vehículos de servicio público tendrán una vigencia de 3 años para conductores menores de 60 años de edad y de 1 año de vigencia para conductores mayores de 60 años de edad.

Es importante indicar que, los ciudadanos deben ser mayores de edad cuándo soliciten licencias de conducción para servicio público (C1,C2,C3), y desde los 16 años se puede tramitar la licencia para conducir vehículos de servicio particular (A1,A2,B1,B2,B3).

Para más información sobre renovación de licencias te invitamos a leer: Todo lo que necesitas saber sobre la renovación de las Licencias de Conducción